Quizá todos nos hemos hecho o hemos escuchado a alguien hacer esta pregunta: ¿Puedo tener la posibilidad de alcanzar una pensión alta ante el IMSS?
Pues la respuesta es si, pero no todos tenemos esa posibilidad, solo aquellas personas muy afortunadas que comenzaron a trabajar (y cotizar) antes del 1° de julio de 1997.
Probablemente al leer esto pierdes interés en esta información, pero te invitamos a que leas el artículo porque esto quizá a ti no te ayude pero a tus papás, tíos o abuelos si les podría ser de gran utilidad.
¿Qué es la Modalidad 40?
El nombre oficial de la Modalidad 40 es: la continuación voluntaria en el régimen obligatorio. Este se refiere a que las personas que han sido dadas de baja por su empleador, y por ende ya no están cotizando semanas en el IMSS, puedan seguir cotizando haciendo aportaciones voluntarias.
Esto es de tremenda importancia, porque como veremos al hacer las cuentas, entre más semanas cotizadas se tengan ¡mayor será la pensión que recibas! Además, existe la posibilidad de que al registrarse en la modalidad se haga con un salario superior al que se tenía, lo que también incrementará en nuestros cálculos la pensión que se va a recibir en un futuro.
Hay que tener en cuenta que existe un tope máximo, es decir, una persona se puede registrar con un ingreso máximo de 25 UMAs mensuales, que actualmente (2021) son $68,111.25 pesos. Contemplando que el pago de las cuotas en esta modalidad es del 10.075%, entonces la aportación máxima es de $6,862.20 pesos mensuales. No es solamente registrarte con el salario que te venga primero a la cabeza, debes tener la capacidad de pagar todos los meses ese 10.075%.
Consideramos que si es muy importante hacer el esfuerzo desde el principio para maximizar el monto que se va a aportar, porque con el monto que te registras el primer día se mantiene todo el tiempo que se desee seguir con la Modalidad 40. Quizás incluso puedas maximizar los montos con ayuda de tus hijos.
¿Para quién es?
Ya conociendo qué es la Modalidad 40, hablemos ahora para quien aplica:
- Para aquellos afortunados que empezaron a trabajar y generar semanas cotizadas antes del 1ro de julio de 1997.
- Que no se hayan pensionado aún.
- ¡Muy importante! Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
Nota: al momento de pensionarte para quienes apliquen siempre les darán la opción de usar la ley 97 p la ley 73, ¡tienen que elegir la del 73!
¿Cómo se contrata?
En realidad es relativamente sencillo, hay dos opciones:
- Se puede ir de forma presencial a la subdelegación del IMSS correspondiente a tu domicilio, y llevar los siguientes documentos:
Formato de registro.
Documento con tu NSS (Número de Seguridad Social).
Identificación oficial vigente.
Comprobante de domicilio. - Registrarse a través de internet desde la página del IMSS. Deberás proporcionar:
CURP
NSS (Número de Seguridad Social).
Correo electrónico.
¿Cómo calcular tu pensión?
Para realizar el cálculo de tu pensión necesitaras 2 cosas:
1.- Tu número de semanas cotizadas (Puedes entrar aquí para consultar tus semanas cotizadas). Ten en cuenta que si tu cotizaste semanas antes de 1982 es muy probable que no aparezcan, ya que fue hasta ese año cuando se empezó a digitalizar el registro. Si este es tu caso tendrás que hacer la aclaración a través de un proceso manual en la subdelegación del IMSS que te corresponda para recuperar esas semanas cotizadas. Recuerda que entre más semanas mayor es la pensión.
2.- Tu salario promedio de los últimos 5 años (250 semanas) en que has cotizado. Por ejemplo, si quieres pensionarte dentro de 1 año, necesitarás el salario promedio de los 4 años anteriores que cotizaste (el último año será lo que aportes en la modalidad 40).
3.- Con esta información puedes acceder al siguiente simulador de pensión en la página oficial del IMSS y hacer tu cálculo para darte una idea de cuento podrías recibir mensualmente una vez que ejerzas tu retiro.
Esta modalidad de la que hemos hablado brevemente lo podemos ver como un instrumento de inversión, porque que mejor que invertir en nuestro futuro, en nuestro retiro.
Muchas personas están en el momento ideal para hacer estas aportaciones y asegurar un retiro digno. Si es el caso de nuestros padres, nosotros como hijos podemos apoyarlos a elevar las aportaciones y por ende su retiro, así que los invitamos a reflexionar sobre el tema para que lo puedan aplicar de manera inteligente.
Recuerden que estamos a sus órdenes para apoyarlos en este y más temas en los que pudieran necesitar asesoría o acompañamiento.
Whatsapp: 8711037014
Correo: contacto@lissar.com