A partir de ahora, el tope de pensión para trabajadores del sector público será de 10 UMA, para 2021 aproximadamente $27,000.00 mensuales.
El valor de la UMA para 2021 es de $89.62.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó que el tope máximo de la pensión jubilatoria otorgada por el ISSSTE, deberá cuantificarse en UMA y no en salarios mínimos.
El pasado 17 de febrero, los ministros resolvieron lo anteriormente mencionado, bajo el argumento que la reforma constitucional en materia de desindexación del salario, que entró en vigor desde enero de 2016, eliminó el salario mínimo como parámetro para calcular multas, créditos y aportaciones de seguridad social.
De tal manera que, el tope en UMA aplicará a aquellos trabajadores que tras la reforma a la Ley del ISSSTE (que entró en vigor en abril de 2007) decidieron permanecer en el esquema de pensión vitalicia que paga el Estado y rechazaron el esquema de cuentas individuales o bono de pensión.
¿Cuál fue el origen de la resolución de la Corte y qué significa?
Tras la reforma a la Ley del ISSSTE en 2007 hubo trabajadores al servicio del Estado que no aceptaron las cuentas individuales o el bono de pensión ofrecido por el Gobierno, ya que decidieron permanecer en el régimen de pensión vitalicia que paga el Estado con recursos públicos y que tiene un límite superior equivalente a 10 veces el salario mínimo.
Sin embargo, tras entrar en vigor la desindexación del salario mínimo, en enero de 2016, los trabajadores que comenzaron a tramitar sus pensiones vitalicias se encontraron con un ISSSTE que les comenzó a cuantificar sus pensiones con un tope en UMA, lo que propició que los trabajadores se inconformaran e interpusieran demandas para que el instituto les respetara la cuantificación en salarios mínimos.
Alejandro Avilés, asesor sindical y académico de la UNAM, señaló en entrevista para El Financiero que algunos trabajadores se inconformaron y se fueron a juicio de nulidad para que el ISSSTE les calculara sus pensiones en salarios mínimos y lo que resultó de esas demandas fue que en algunos casos los juzgados dieron la razón a los trabajadores y en otros no.
“Los trabajadores se fueron al amparo y ocurrió que los tribunales colegiados resolvieron en sentido contrario, es decir, un tribunal le dio la razón al trabajador y otro tribunal no, entonces eso generó una contradicción de tesis que llegó a la Segunda Sala de la Corte y fue el miércoles cuando los ministros resolvieron que el criterio que debe prevalecer es el tope en UMA”, expuso.
¿A quién afectará esta medida?
La resolución de la SCJN no aplica para todos los trabajadores al servicio del Estado, sino que aplicará a aquellos trabajadores que tras la reforma de la Ley del ISSSTE en 2007, decidieron permanecer en el esquema de pensión vitalicia que paga el Estado y rechazaron el esquema de cuentas individuales o bono de pensión.
Tampoco afectará a todos esos trabajadores que eligieron pensión vitalicia, ya que no todos ganan salarios por encima del tope de 10 UMA.
La pensión del trabajador sujeto a la Ley del ISSSTE se calcula con un promedio del salario del último año, pero con un tope de 10 salarios mínimos, que a partir de ahora con la determinación de la Corte en lugar de salarios mínimos será en UMA.
A quienes no afecta en nada esta medida es a los empleados que entraron a trabajar después de la reforma de la Ley del ISSSTE (abril 2007) pues ingresaron ya con el esquema de cuentas individuales.
Ejemplo:
El tope de 10 UMA en 2021 equivaldría a alrededor de 27 mil pesos mensuales, es decir, ese monto sería el máximo a alcanzar por concepto de pensión jubilatoria mensual para un trabajador del sector público bajo el supuesto del Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE (pensión vitalicia pagada por Estado).
Dicho monto se queda lejos del tope anterior cuantificado en salarios mínimos, que hoy sería de alrededor de 42 mil 510 pesos mensuales.
Las pensiones no se calculan en UMA, sino que se topan en UMA, entonces, si un trabajador gana hoy 25 mil pesos mensuales no llega al tope de 10 UMA y en ese caso no le aplicaría ningún tope ni le afectaría la resolución de la Corte, a ese trabajador le calcularán su pensión con el promedio de su último salario del último año laboral y su pensión será probablemente de los mismos 25 mil pesos de su salario.
Pero si el trabajador gana 30 mil pesos mensuales, en ese caso sí se rebasa el tope de 10 UMA, por lo que la pensión sería de un máximo de 27 mil pesos mensuales a pesar de que el último salario haya sido más alto.
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